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Crean un programa para impulsar el trabajo en blanco: a quiénes está dirigido y qué ofrece

El gobierno de Alberto Fernández oficializó este martes la creación del Programa Fomentar Empleo que «tiene por objetivo asistir a trabajadoras y trabajadores con dificultades para ingresar al empleo formal en el desarrollo de su proyecto ocupacional». Para alcanzar este objetivo se dispuso el acceso a prestaciones que les permitan a estos trabajadores «mejorar sus competencias laborales e insertarse en empleos de calidad».

El programa, cuya puesta en marcha quedó plasmada en la Resolución 647/2021 del ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social publicada hoy en el Boletín Oficial , está destinado a trabajadores de 18 años de edad o más «que se encuentren en búsqueda activa de empleo».

Al momento de solicitar su incorporación al Programa y de acceder a cada prestación, no deben contar con trabajo registrado en el sistema de seguridad social dentro de los últimos tres meses de información disponible, con excepción del Monotributo Social y del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

De acuerdo con el Artículo 3 de la Resolución 647/2021 del ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, aunque pueden aplicar todas las personas mayores de 18 años en búsqueda activa de trabajo, el Programa Fomentar Empleo brindará un tratamiento especial a:

  • Jóvenes de 18 a 24 años, inclusive;
  • Mujeres de 25 a 59 años, inclusive;
  • Varones de 45 a 64 años, inclusive;
  • Personas de la diversidad sexo genérica.

La Autoridad de Aplicación podrá establecer requisitos adicionales a reunir por los grupos poblacionales descriptos anteriormente e identificar otros grupos poblacionales destinatarios de este tratamiento especial.

¿A qué prestaciones podrán acceder los beneficiarios?

Quienes se incorporen a Fomentar Empleo podrán acceder a las siguientes prestaciones generales:

  • Servicios de orientación laboral y asistencia en la búsqueda de empleo;
  • Servicios de intermediación laboral;
  • Servicios de formación profesional;
  • Certificación de competencias laborales.
  • La Autoridad de Aplicación podrá ampliar las prestaciones generales descriptas en el presente Artículo.

Adicionalmente los trabajadores que se encuentren dentro de los grupos a los que se brindará tratamiento especial según lo dispuesto en el artículo 3 de la norma también podrán acceder a:

  • Prácticas en ambientes de trabajo;
  • Acciones de promoción para la inserción en el trabajo registrado.

La Autoridad de Aplicación podrá además ampliar las prestaciones específicas para estos grupos.

Se dispuso además que la Autoridad de Aplicación podrá prever el otorgamiento de asignaciones dinerarias a los trabajadores priorizados durante su participación en las prestaciones generales y/o específicas ofrecidas por el programa.

¿Cómo aplicar para participar de Fomentar Empleo?

Las trabajadoras y los trabajadores destinatarios interesados en acceder al Programa Fomentar Empleo deberán registrar sus datos personales y completar su historia laboral en el Portal Empleo y manifestar su voluntad de incorporarse al Programa.

Para la verificación de las condiciones de accesibilidad al programa y a sus prestaciones, el ministerio de Trabajo instrumentará mecanismos de control y/o de intercambio de información con el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales, la Anses, la AFIP, el Renaper y otros organismos públicos.

¿Se puede combinar con otros programas de empleo?

El Programa Fomentar Empleo se implementará en forma articulada, coordinada y/o complementaria con otros programas poblacionales de empleo implementados en el ámbito del ministerio de Trabajo de la Nación y promoverá su integración, coordinación y/o complementación con otros programas nacionales, provinciales o municipales orientados a apoyar la inclusión socio – laboral de trabajadoras y trabajadores.

Además se incluyó a esta iniciativa dentro de la nómina de políticas y programas educativos, de formación y empleo y de intermediación laboral comprendidos por el beneficio de reducción transitoria de contribuciones patronales para empleadores y empleadoras del sector privado.

Redacción

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